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La Sunat nos ofrece guias para la declaración de nuestros impuestos procurando hacerlo facil nuestros cálculos, cómo paso previo a la declaración que se realiza cada año, siempre es recomendable, efectuar un estimado inicial de lo que tendremos que regularizar con el Fisco.
Aqui un caso practico de un contribuyente que percibió ingresos de cuarta y quinta categoría durante 2011 y que tiene que efectuar la declaración anual en marzo próximo. Para casos similares, le recomendamos recurrir a las guías y manuales de la Sunat.
Julio Cesar es un Técnico de repacion de maquinaria pesada por su gran experiencia y técnica, en 2011 asesoró a una empresas en el desarrollo de proyectos y adiestro a varios trabajadores en la rama de grupos electrógenos. En julio de ese año, nuestro amigo Julio Cesar aceptó la propuesta de una reconocida Compañía en el area de grupos de potencia para hacerse cargo de su laboratorio de nuevos proyectos, incorporándolo a su planilla.
Los ingresos de Julio Cesar en el año están divididos de la siguiente manera
Actividad | Tipo de renta | Ingreso anual |
Consultorías y enseñanza | Cuarta Categoría | S/.58,400 |
Jefe de Laboratorio | Quinta Categoría |
S/.49,000
(sueldo de S/.7,000 mensuales)
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Renta Bruta | S/.107,400 |
En el año, Julio Cesar ha estado pagando impuestos a cuenta de la siguiente manera
Tipo de renta | Retención | Monto pagado a cuenta |
Cuarta Categoría |
S/.3,540
10% de recibos por honorarios mayores a S/.1,500
|
S/.5,840
(10% del total de ingresos: S/.3,540 retenidos por empresas que recibieron servicios más S/.2,300 pagados por Juan a lo largo del año).
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Quinta Categoría |
S/.4,000
Porcentaje aproximado calculado y abonado por Compañía Textil
| S/.4,000 |
Total | S/.9,840 |
Deducciones
Para el caso de las rentas de Cuarta Categoría, de acuerdo a los procedimientos de la Sunat, se deduce el 20% de los ingresos brutos, es decir S/.11,680. Luego se agrega las rentas de quinta categoría, y a la suma total de ingresos de cuarta (con descuento de 20%) y quinta, se le descuenta siete unidades impositivas tributarias (UIT), que para 2011, equivalían a S/.3,600.
Renta | Total |
Renta Bruta Cuarta Categoría (lo que recibió como independiente) | S/.58,400 |
-Deducción de 20% de renta bruta de cuarta |
S/.11,680
(20% de S/.58,400)
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Renta Neta de Cuarta Categoría | S/.46,720 |
+ Ingresos de Quinta Categoría (lo que recibió como dependiente) | S/.49,000 |
Total ingresos de Cuarta y Quinta Categoría | S/.95,720 |
-Deducción 7 UIT |
S/.25,200
(7 x S/.3,600)
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Renta neta a la que se le aplica el impuesto | S/.70,520 |
Supongamos que Julio Cesar no percibió más ingresos que lo mencionados y no efectuó donaciones ni reportó pérdidas en años anteriores. En consecuencia, se le debe aplicar una tasa de impuesto a la renta de 15% (para rentas grabadas de hasta 27 UIT, S/.97,200).
De este modo, el impuesto a pagar es S/.10,578 (15% de S/.70,520), pero como Julio Cesar ya efectuó pagos adelantados en todo el 2011 por S/.9,840, solo debería regularizar S/.738 ante la Sunat por este tributo de 2011.
Renta neta cuarta y quinta categoría | S/.70,520 |
Impuesto 15% de renta neta | S/.10,578 |
- Pagos adelantados en 2011 | S/.9,840 |
Pago por regularizar en Sunat | S/.738 |
QUE PASARIA SI LOS INGRESOS POR QUINTA SON S/ 12,000.00
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